Leyes y beneficios para conductores veteranos y militares en California

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Autor: Randy Alexander
Fecha De Creación: 4 Abril 2021
Fecha De Actualización: 21 Abril 2024
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El estado de California tiene un sólido programa de beneficios para los conductores que han servido en una sucursal de las Fuerzas Armadas en el pasado o son miembros militares activos actuales.


Beneficios de registro de vehículos

California renuncia a las tarifas de registro, así como a los cargos de matrícula de un vehículo (un vehículo de pasajeros, motocicleta o vehículo comercial de menos de 8001 libras) para veteranos discapacitados, receptores de Medal of Honor y ex prisioneros de guerra. Para calificar, los destinatarios de Medal of Honor deben completar el formulario REG 17A, los prisioneros de guerra deben formar REG 17, y todos los solicitantes deben presentar un comprobante de estado o premio recibido.

Designación de veterano de la licencia de conducir

Los veteranos de California son elegibles para una designación militar en su licencia de conducir. Para calificar, debe proporcionarle al DMV el formulario VSD-001 (Formulario de Verificación de Estatus de Veterano), que se obtiene de la Oficina de Servicio a Veteranos de su Condado. Lo mejor es concertar una cita en la oficina de campo local de DMV para agregar esta designación a su licencia, y hay una tarifa, además de la tarifa de licencia regular, de $ 5. Esta solicitud no puede completarse por correo o en línea.


Placas de honor militar

California ofrece una matrícula de Honor a Veteranos, disponible para cualquier automovilista de California. Esta placa está disponible en su elección de más de 100 insignias que cubren una variedad de ramas militares, organizaciones de servicio para veteranos, conflictos específicos y unidades militares individuales. Las ganancias de la venta de placas para veteranos se destinan a servicios de apoyo para veteranos de la comunidad.

El estado también ofrece placas de veteranos para lo siguiente:

  • Medalla de Honor del Congreso
  • Ex prisioneros de guerra
  • Familia Gold Star
  • Legion of Valor
  • Superviviente de Pearl Harbor
  • Corazón Purpura
  • Veteranos discapacitados relacionados con el servicio

Para ser elegible para las placas anteriores, debe proporcionar la documentación apropiada como comprobante de servicio o premio recibido.

Exención de prueba de habilidades militares

Este beneficio se aplica tanto a veteranos como a personal militar activo, y le permite aprovechar su experiencia de conducción de vehículos pesados ​​para obtener su licencia de conducir comercial. Si tiene al menos dos años de experiencia conduciendo vehículos militares que califican como vehículos comerciales comparables, y esta experiencia tuvo lugar un año antes del alta o la fecha de la solicitud (si aún está activo) puede ser elegible para saltear la prueba de conducir de la CDL. . Hay algunos requisitos para solicitar esta exención.


Los solicitantes deben certificar a un SDLA:

  • Una historia de conducción segura

  • El hecho de que solo haya tenido una licencia fuera de su licencia de conducir militar en los últimos dos años

  • El hecho de que su licencia de conducir regular no haya sido revocada, cancelada o suspendida

  • El hecho de que no ha sido condenado por una violación de un vehículo de motor que impediría su elegibilidad para una licencia de conducir comercial

Ciertas ofensas en su registro de conducir, como DUI o cometer un delito grave con un vehículo comercial, pueden descalificarlo para participar en el programa de exención de exámenes de habilidades. Los 50 estados más D.C. participan en este programa, incluido California.

Si tiene experiencia aplicable y desea postularse, puede descargar e imprimir la exención aquí. Sin embargo, aún tendrá que tomar la prueba escrita de CDL.

Ley de Licencia de Conducir Comercial Militar de 2012

Esta ley otorga a los estados la autoridad para emitir una CDL a personal militar que esté estacionado en el estado de California (o en cualquier otro estado), incluso si no es su estado natal. Puede ser elegible para obtener una licencia en un estado que no sea su estado natal si se encuentra en cualquiera de las cinco ramas militares principales, o incluso en las reservas, la Guardia Nacional o la Guardia Costera.

Licencia de conducir y renovación de registro durante el despliegue

Si se encuentra desplegado o estacionado fuera del estado cuando su licencia de conducir se debe renovar, el estado de California le exime de tener que renovarla. Debe notificar al DMV llamando al (916) 657-7790 para actualizar su registro. El estado le enviará una tarjeta DL 236 (Extensión de Licencia para Persona en las Fuerzas Armadas) como prueba de que su licencia todavía es válida. Un cónyuge u otro miembro de la familia también puede obtener esta extensión (válida por un año). A su regreso a California, tendrá 30 días para renovar su licencia en persona. Necesitará documentación de alta u otra prueba de servicio adecuada.

El personal militar residente es elegible para una exención de los recargos por mora al renovar el registro del vehículo al regresar del despliegue. Esta exención no se aplica a aquellos fuera del estado para capacitación. Debe solicitar la renovación de la inscripción dentro de los 60 días posteriores a su regreso al estado.

Licencia de conducir de personal militar no residente y registro de vehículos

El personal militar no residente tiene permitido retener su licencia de conducir del estado de origen por el tiempo que siga siendo válida. También puede operar un vehículo en el estado siempre que el registro del estado de origen sea actual, esté registrado ante usted o su cónyuge, y esté asegurado.

El personal militar activo o veterano puede leer más en el sitio web de la división de vehículos motorizados del estado aquí.