La guía de las leyes de derecho de paso en Florida

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Autor: Monica Porter
Fecha De Creación: 15 Marcha 2021
Fecha De Actualización: 25 Marcha 2024
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La ley de derecho de paso en Florida no le dice quién tiene el derecho de paso en una situación de tráfico determinada. En realidad, te dice quién tiene que ceder el derecho de paso. La mayoría de las intersecciones están marcadas, y esto facilita la determinación del derecho de paso. Pero si una intersección no está marcada, entonces debe conocer las reglas para protegerse y proteger a otros conductores.


Resumen de las leyes de derecho de paso de Florida

Las leyes de derecho de paso en Florida se pueden resumir de la siguiente manera:

Intersecciones

  • La mayoría de las intersecciones tendrán marcas de detención. Siempre debe detenerse detrás de ellos y ceder el paso a otro tráfico que esté en la intersección, y también a los peatones, avanzando solo cuando el camino esté despejado.

  • El primer vehículo en la intersección debe proceder primero.

  • Si uno o más vehículos ingresan a la intersección al mismo tiempo, o aproximadamente al mismo tiempo, el derecho de paso se dirige al vehículo de la derecha.

  • En una parada de dos vías, el vehículo que está girando da derecho de paso al vehículo que va recto.

  • Al ingresar a una carretera estatal, o al cruzarla, desde una carretera secundaria, le da derecho de paso a los vehículos que ya están en la carretera.

  • Los vehículos en caminos pavimentados tienen derecho de paso sobre vehículos en caminos no pavimentados.


  • Si gira a la izquierda, debe ceder el paso a los vehículos que vienen de la dirección opuesta.

Rotondas

  • En estas intersecciones circulares, los vehículos que están en el círculo tienen el derecho de paso.

  • Ingrese una rotonda desde la izquierda, cediendo al tráfico que ya está en la rotonda. Espera un espacio.

  • Si no hay tráfico en la rotonda, solo ingrese - no hay nada a lo que ceder.

  • En una rotonda de varios carriles, use el carril derecho para ir hacia la derecha o hacia la derecha. Usa el carril de la izquierda para dar vuelta en U.

  • Siempre rinda a ciclistas y peatones.

Autopistas

  • Si ingresa a una calle desde un callejón o camino de entrada, o desde el borde de la carretera, debe ceder el paso a los vehículos que ocupan la carretera principal.

  • También debe ceder el paso a ciclistas y peatones.

Compartiendo el camino con peatones


Usted es siempre responsable de la seguridad de los peatones. Esto incluye skaters y patinadores, e incluso ciclistas.

  • Debe ceder el paso a cualquier paso de peatones en cualquier cruce marcado, intersección o camino de entrada.

  • Al ceder el paso a un peatón en un paso de peatones, es posible que sus ruedas no estén dentro o toquen el paso de peatones.

  • No puede pasar un vehículo que está detenido en un paso de peatones.

  • Siempre debe ceder el paso a cualquiera que tenga impedimentos visuales o que use un dispositivo de ayuda a la movilidad como una muleta, bastón, andador o silla de ruedas.

  • También debe ceder el paso a cualquiera que parezca confundido o incapacitado de alguna manera.

Vehículos de emergencia

  • Siempre debe ceder el paso a los vehículos de emergencia cuando están utilizando sus sirenas y luces intermitentes, independientemente de los signos o señales.

Conceptos erróneos comunes sobre las leyes de derecho de paso de Florida

Si vive y conduce en Florida, puede pensar que el término "peatón" debe tomarse literalmente, como "alguien que camina". De hecho, en Florida, a diferencia de muchos otros estados, los ciclistas se consideran peatones, y debe recibir la misma consideración.

Sanciones por no ceder

En Florida, si no rindes, obtendrás 3 puntos en tu licencia de conducir y una multa de $ 60.

Para obtener más información, consulte el Manual de licencia de conducir Clase E de Florida en las páginas 30-31 y 39 y 44.